Católicos discriminados
Según el artículo16 de la Constitución española “se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”.”Los poderes públicos mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.
Hemos sabido por los medios que “los centros penitenciarios que cuenten con un número de diez o más presos musulmanes que soliciten recibir asistencia religiosa podrán habilitar un local adecuado para celebrar el culto”.ABC (10/5/05).