“Estoy seguro que el verdadero Juez Supremo, ante el que todos compareceremos más pronto o más tarde, me absolverá”, declaró el juez de Familia de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, cuando fue condenado el 23 de diciembre, por el Tribunal Supremo de España, a diez años de inhabilitación por delito de prevaricación y una multa, por haber defendido el interés superior del niño en un caso de adopción por parte de una lesbiana.
Los hechos
Susana decidió en 2005 inseminarse artificialmente y unos meses después se acogió a la ley que autoriza el “matrimonio entre personas del mismo sexo”, y tomó como compañera sentimental a Vanesa. En febrero de 2006, nació una niña y Vanesa solicitó su adopción en mayo. El Juez Ferrín, encargado de autorizar la adopción, solicitó sin dilación el obligatorio informe de idoneidad al Gabinete Psicosocial Forense. El informe se emitió en agosto de 2006 de forma inusualmente escueta, en pocas líneas se manifestaba favorable a la adopción, sin que mediara la entrevista de rigor con la adoptante. El juez trasladó ese informe presuntamente fraudulento al fiscal, quien en una hoja en blanco escribió a mano que no tenía nada que oponer a la adopción.
Es decir, en aras del pensamiento único pro-gay, políticamente correcto, al juez Ferrín se le pretendía obligar a aceptar una adopción sin los exhaustivos informes a los que son sometidos los todos los ciudadanos normales que desean adoptar.
En abril de 2007, el juez decidió nombrar defensor judicial del menor a la Dirección General de Familia que, sin pedirlo el juez, le envió en junio un informe pericial favorable a Vanesa como adoptante, pero sin pronunciarse sobre algo esencial: si es bueno o malo, relevante o irrelevante, que un niño tenga dos madres. Sin demora alguna, el juez solicitó que en el plazo de 10 días los psicólogos de la Dirección General de Familia se pronunciaran sobre dicho punto, pero no contestaron. El juez se vio, entonces, en la obligación de decretar el cese de la Dirección General de Familia como defensora del menor y de paralizar el procedimiento, planteando una cuestión de inconstitucionalidad.
En julio de 2007, Vanesa recusó al Juez Ferrín por su condición de católico y en noviembre presentó una querella por retardo malicioso. En mayo de 2008, un juez sustituto autorizó finalmente la adopción.
En diciembre de 2008, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, condenó a Ferrín a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público y a indemnizar con 6.000 euros a la demandante -la compañera sentimental de la madre biológica- por retardo malicioso de la adopción.
Como Ferrín Calamita, por su condición de juez, estaba impedido de ejercer otros trabajos y durante 27 meses no tendría ingresos para mantener a sus 7 hijos, se formó una plataforma –integrada por las asociaciones civiles Projusticia, Centro Jurídico Tomás Moro, HazteOir.org, Profesionales por la Ética, y la publicación digital Hispanidad, www.hispanidad.com– para ayudar económicamente al juez y a su familia. La iniciativa tuvo éxito: por ejemplo, el monto de la multa a la lesbiana se cubrió en menos de una semana.
Un católico no puede ser juez de familia
Fernando Ferrín Calamita apeló al Tribunal Supremo, el cual el 23 de diciembre se expidió condenándolo a diez años de inhabilitación. Con esta sentencia el progresismo consigue erradicar a Ferrín de la carrera judicial, porque de lo que se trata es de apartar a un juez incómodo.
Pero más grave aún es lo que comenta Hispanidad, “lo que más daño le ha hecho al juez Fernando Ferrín no es la actitud del Supremo -se la esperaba- sino la de los ‘suyos’, la de los juristas católicos. (…) La derecha pagana, muchas veces compuesta por católicos oficiales que confunden ley y conciencia, profesión con vocación y norma con moral. Y es que lo más duro siempre es el fuego amigo”.
Otros casos
El 15-12-05, el Pleno del Tribunal Constitucional acordó la inadmisibilidad de los trámites de inconstitucionalidad planteados por la jueza de Denia (Alicante), Laura Albau, y Francisco Javier García, juez de Telde (Gran Canaria), contra la ley que regula los “matrimonios” entre personas del mismo sexo.
Recordemos que la jueza Laura Alabau se negó a “casar homosexuales”. Por eso, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la trasladó del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Denia (Alicante), a otro juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, sin competencia de Registro Civil.
Recordemos también que el 13-12-05, el Foro Español de la Familia denunció que el juez de Paz de Pinto (Madrid), Antonio Alonso, se había visto obligado a renunciar ante la imposibilidad de ejercer su derecho natural a la objeción de conciencia, porque sus convicciones le impedían dar fe de las llamadas “bodas gay”.