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La libertad religiosa es una exigencia natural en todo ser humano

Suele decirse popularmente que, <al hablar de religión y de política nadie se pone de acuerdo>. Acaso, ¿nos hemos alguna vez preguntado seriamente el por qué de tal afirmación? Tal vez algunos sí se han planteado esta pregunta, pero sin ahondar en las respuestas, pues pareciera ser que nos conformáramos con la postura más común que consiste en sostener que cada uno puede asumir cualquier actitud de vida ante los retos de un determinada religión o sistema político, descartando la verdad y bien absolutos, apoyándose en el supuesto de que ninguna religión ni ningún sistema político es absoluto, ya que las religiones tienden a secularizarse, divinizando al mundo cósmico, donde todas las cosas son relativas y cuyo centro es el hombre considerado como arquitecto de su micro-mundo y como constructor del macro-mundo; mientras que los sistemas políticos, al ser productos del hombre concreto cegado muchas veces por el afán de poder económico y político, suele buscar la hegemonía a costillas de los otros.
 
Este binomio, <religión y política>, ha sido objeto de controversias ancestrales, de vejaciones, de discriminación, marginación, persecución y muerte a través de la historia. Y, precisamente surge aquí una doble pregunta más al respecto: ¿Realmente el derecho a la libertad religiosa en su relación con la política es un derecho connatural a todo ser humano o no?  ¿En caso afirmativo, exige la existencia de un mundo ultra-histórico o no?
 
Para dar nuestra respuesta a ellas, quiero compartir con ustedes, amables lectores, estos puntos de estudio sobre el tema: 1) Antecedentes inmediatos; 2) Sustento de <religión> y <política> en el mundo humano; y 3) Una propuesta para superar las diferencias de interpretación y aplicación de concepciones opuestas, mas no contradictorias, en cuanto al significado y aplicación de la libertad religiosa.
 
1.-Antecedentes inmediatos
 
Desde la primera <Jornada Mundial de la Paz>, instituida por el Papa Pablo VI el primero de enero de 1968, la Santa Iglesia Católica ha continuado con dicha celebración a través de los Sumos Pontífices, quienes nos han legado mensajes de paz centrados en algunos de los temas más importantes del momento. En esta ocasión Benedicto XVI, Sumo Pastor de la misma, ha centrado su reflexión en el tema sobre “La libertad religiosa, camino para la paz”, el pasado día primero de enero de 2011, porque “los cristianos son actualmente <el grupo religioso que sufre mayor persecución por motivos de fe>” (e-libertadreligiosa.net)
 
Se sabe que el siglo anterior estuvo caracterizado significativamente por dos hechos globales, que afectaron el vivir común de las gentes, a saber, los avances acelerados de la ciencia y la tecnología, tales como los inicios de la conquista del espacio, la modernización armamentista, la manipulación del genoma humano, por una parte; y por la otra, la violencia física y estructural, es decir, físicamente, las dos guerras mundiales entre muchos otros levantamientos armados, expresiones inhumanas de codicia y de poder, para quienes la ciencia y la política son su nueva religión, desprestigiando y atacando a los diferentes credos, a quienes consideran muchas veces como enemigos del “progreso”; y estructuralmente, las  crecientes desigualdades entre los hombres, cada vez más alarmantes, a tal punto que los pobres y miserables asciende a más de una tercera parte de la población mundial.

Mundialmente, los cristianos son actualmente “el grupo religioso que sufre mayor persecución por motivos de fe”, dice el Papa Benedicto XVI en su mensaje de este año. Y, Monseñor Anthony Frontiero, miembro de Pontificio Consejo de la Justicia y la Paz, dice que la cifra de cristianos muertos al año asciende a 150 millones. “Además, el número de cristianos perseguidos en el mundo es de 200 millones y el de discriminados por su religión es de 150 millones según el Informe de Libertad Religiosa en el mundo 2010” (e-libertadreligiosa.net). Y se agrega: “Este informe también demuestra que entre 200 y 300 millones de personas viven en el mundo bajo agresiones, prisión, amenazas diarias de muerte por sus creencias religiosas y un 77 % de esta cantidad de personas pertenece a la confesión católica según Anthony Frontiero” (Idem).

México no está exento de ataques semejantes, pero lejos de la magnitud que se tiene en otros países. Así el asesinato del Cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo el 24 de Mayo de 1993 es uno de los casos más lamentables por la forma en que se realizó. Pero peor aún fue la muerte a tiros del Arzobispo de San Salvador, Mons. Oscar A. Romero, en plena celebración de la Misa  en la Catedral de San Salvador  en 1983.

Más común en nuestro medio es la afirmación de Fernando Bogómez, quien escribe en su artículo sobre Libertad Religiosa lo siguiente: “En nuestro civilizadísimo y tolerante occidente no falta un día en que se den formas silenciosas y sofisticadas de promover prejuicios contra los creyentes y sus símbolos religiosos” (Idem). Baste para ello señalar el pernicioso programa televisivo en México de un confesionario, donde los actores, el “padrecito” y la “penitente” ridiculizan el Sacramento de Reconciliación de la Iglesia Católica con “confesiones”  de doble sentido, intencionalmente lujuriosas. Y, mientras esto sucede, las autoridades callan, con el argumento falaz de que son expresiones basadas en el ejercicio del derecho a la Libertad de expresión, sin importarles a aquéllos ni a éstas, la violación a los derechos de los otros.
 
2.- Sustento de <religión> y <política> en el mundo humano.
 
Discurrir sobre el sustento de <religión> y <política> es precisar primeramente su valor semántico y a partir del mismo, buscar la fundamentación de cada uno de estos dos términos, para distinguirlos entre sí como instituciones sociales complementarias, respetando las funciones propias de ellas, pero a la vez fortaleciéndose mutuamente en pos de una meta personal y común, que contemple el desarrollo total del ser humano.

Es obvio que solamente el hombre es el único que se puede preguntar por todos los fenómenos naturales y por todos los demás entes semejantes a él mismo, y sólo él es capaz de preguntarse por sí mismo, cuestionando a todos los seres fuera de sí y a la vez cuestionándose sobre sí mismo. Pero, aquí me refiero a preguntas y cuestionamientos vitales, existenciales con referencia al contenido de las palabras <religión> y <política>.
 
La palabra <religión>, etimológicamente procede de la lengua latina y sus raíces están abiertas a diferentes connotaciones. Así, una de ellas parece proceder del prefijo re, que significa repetición, y del verbo legere, que significa leer. De acuerdo a la información del Diccionario Etimológico Latino-Español, editado por Santiago Segura Munguía, relegere significa “reunir de nuevo” o “releer” (Segura Munguía, 1985: 616); o de religare= “volver a ligar o atar” (Idem.); o bien de religere= “Hacer una decisión acertada” (Segura Munguía,1985: 239), mientras que en el Diccionario “Pequeño Larousse Ilustrado” se lee que el vocablo <religión> significa el “culto que se tributa a la Divinidad” ( García-Pelayo y Gross, 1987: 886). De donde se infiere que el término <religión> hace referencia a una lectura frustrada, a una separación de alguien, o bien a una decisión equivocada. En cualquiera de los casos, la religión en general implica una nueva relación del ser humano con Dios.

En este contexto discursivo, la palabra Dios o Divinidad surge connaturalmente como una respuesta al interrogante implícito de cada ser humano, ¿quién soy, de dónde y de quién procedo, hacia dónde y a Quién voy? Y, las respuestas han sido múltiples, pero todas ellas reducibles en muchos casos de manera excluyente, o de la Materia o del Espíritu, y  ó hacia el Espíritu ó hacia la Materia. Pero, la palabra Dios no es un concepto, puesto que no es una creatura más entre tantas otras, sino que es Alguien, a quien se puede acceder naturalmente por medio de una Idea intuitiva, con la que se denota no a otro ser poderoso sino al Ser con mayúscula de quien procede por creación toda creatura, material, humana y angélica, y hacia El tendemos por naturaleza de manera libre y voluntaria, por eso mismo podemos decidir correcta o  equivocadamente, pero con responsabilidad.

En cambio la palabra <política> proviene de dos raíces griegas, polis= ciudad, e ika= referente a, ciencia. Etimológicamente pues, <política> significa ciencia de la ciudad, lo referente a la ciudad. En el Diccionario español Larousse se afirma que política es el “arte, doctrina u opinión referente al gobierno de los Estados”, “Modo de dirigirlos” (García-Pelayo y Gross, 1987: 820). Pero, también proviene del sustantivo polites= ciudadano e ika= referente a; así, la palabra política significa lo referente a todo ciudadano, lo cual implica inmediatamente sus relaciones como tal con otros ciudadanos y todos éstos con la ciudad-Estado, a través de sus gobernantes.  Es decir, se trata de relaciones entre gobernantes y gobernados con base en un determinado sistema jurídico, independientemente de grupos de poder político y hoy en día, de partidos políticos.
 
Entre estas relaciones, quiero destacar ahora las relaciones de tipo religioso sin defender aquí una religión determinada, ya que todas ellas merecen no sólo nuestro reconocimiento sino también nuestro respeto, ya que ellas se derivan universalmente de una ley natural, común a todos los seres humanos, a pesar de que cada uno de ellos suele asumir   la religión que le han legado culturalmente sus padres, pero pueden aceptarla o rechazarla por otra, al llegar a tener conciencia de su autodeterminación, cuando él lo determine por algún motivo. Y, cuando esta razón o argumentación se sustenta en la totalidad del hombre, entonces tales relaciones coadyuvan al desarrollo integral del hombre y de la sociedad.

3.- Una propuesta para superar las diferencias de interpretación y aplicación de concepciones opuestas, mas no contradictorias, en cuanto al significado y aplicación de la libertad religiosa.
Nuestra propuesta al respecto está precedida de las siguientes premisas:

Primera: En términos generales, se define a la libertad religiosa y libertad de culto como “ un derecho fundamental que se refiere a la opción de cada ser humano de elegir libremente su religión, de no elegir ninguna o de no creer o validar la existencia de un Dios (Ateísmo y Agnosticismo)” (es.wikipedia.org/wiki/libertad_de_culto).

La elección de la que se trata aquí implica un acto de razón y un acto de fe. Sin embargo, se presenta con la posibilidad de disociarse voluntariamente, pero no racionalmente, generando un conflicto entre razón y fe, como si se tratara de dos opuestos irreconciliables. Ciertamente se dan dos tipos de conocimiento, uno racional y otro fiducial. Mas, ambos son posibilidades del conocimiento humano válido, ya que están sustentados en un Sujeto-Objeto, llamado Dios o El Absoluto, de modo que cada sujeto-objeto pensante y amante puede libremente aceptar lo verídico y bueno en sí mismo y en todo lo demás, o rechazarlo por ignorancia, miedo o conveniencia aparente.

Segunda: En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se lee: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”( Art. 2,1). Y en el artículo 18 agrega: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o se creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”

Los autores de este documento expresan con singular precisión los ámbitos que comprende tal libertad, y los gobernantes firmantes del mismo avalan y se comprometieron a cumplirlo. Por lo tanto, no basta con asegurar el derecho a la libertad religiosa desde el punto de vista meramente cognoscitivo, sino que se requiere extenderla a su práctica individual y colectiva, tanto de manera pública como privada.

Tercera: Y, finalmente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se lee en el artículo 24 lo siguiente: “Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”. Y luego añade en el mismo artículo: “Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extra-ordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”
 
Quienquiera que lea este artículo se percata de inmediato que es una ley fragmentada, que no responde ni a la letra ni al espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En primer lugar, la profesión de fe no es un objeto de gustos ni de sentimientos, sino que es un objeto de elección, que conlleva un razonamiento racional, que ilumina a nuestra voluntad para hacerla o no conforme a él, sujetándonos en conciencia a sus respectivas consecuencias.
En segundo lugar, restringen el culto público a los templos como si los creyentes tuviéramos dos personalidades sociales, una en los templos y otra fuera de ellos.

En tercer lugar, limita la celebración de los actos religiosos de culto público, sujetándolos al cumplimiento de leyes reglamentarias del poder político.

Ante esta injusta situación, nosotros presentamos una propuesta abierta al diálogo en la búsqueda una verdad compartida y una acción permanente de respeto recíproco a la libertad religiosa en México. Para ello, recurrimos a un breve análisis de algunos puntos  expuestos en la Declaración Dignitatis humanae sobre la libertad religiosa en general.

“Esta libertad, se dice en ella, consiste en que todos los hombres deben estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas particulares como de grupos sociales y de cualquier potestad humana y ello de tal manera que en materia religiosa ni se obligue a nadie a obrar  contra su conciencia ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos” (n.2). Estas palabras sustentan con autoridad lo que ya se ha comentado anteriormente al respecto.

Pero, la Declaración profundiza mucho más el meollo de la libertad religiosa al decirnos que “el derecho a la libertad religiosa se funda realmente en la dignidad misma de la persona humana… Por razón de su dignidad, todos los hombres, por ser personas, es decir, dotados de razón y de voluntad libre…son impulsados por su propia naturaleza a buscar la verdad, y además tienen la obligación moral de buscarla, sobre todo la que se refiere a la religión…” (n.2).

Es obvio que los animales, las plantas y las cosas no son personas. Por ello, estrictamente hablando, la dignidad humana es propia de su persona, participación creatural de las tres Personas Divinas, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Por lo mismo, las relaciones humanas con Dios, Uno y Trino, son connaturales a todo ser humano, aunque no siempre las desarrollamos debidamente.

Un segundo punto de análisis es “…el ejercicio de la religión, se señala en el número tres, por su propia índole, consiste ante todo en los actos internos voluntarios y libres, con los que el hombre se ordena directamente a Dios; actos de este género no pueden ser mandados ni prohibidos por un poder meramente humano. Y la misma naturaleza social del hombre exige que éste manifieste externamente los actos internos de la religión, que se comunique con otros en materia religiosa, que profese su religión de forma comunitaria” (n. 3).

De donde se infiere que ni los padres pueden mandar ni prohibir a sus hijos, ni los gobernantes a sus gobernados, ni nadie de entre los hombres, por tratarse de un derecho inalienable de poder ejercer su libertad religiosa de cualquier credo, siempre y cuando su ejercicio en si mismo no sea en perjuicio de los otros. Paralela y positivamente toda comunidad religiosa tiene el derecho “…de no ser impedida por medios legales o por acciones administrativas de la autoridad civil en la selección, formación, nombramiento y traslado de sus propios ministros, en comunicación con las autoridades y comunidades religiosas que tienen sede en otras partes del mundo… -asimismo- tienen el derecho a no ser impedidas en la enseñanza y en la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe” (n. 4).

Desde esta última perspectiva, agrega el documento, “Pertenece esencialmente a la obligación de todo poder civil proteger y promover los derechos inviolables del hombre. El poder público debe pues, asumir eficazmente la protección de la libertad religiosa de todos los ciudadanos por medio de justas leyes y otros medios adecuados y crear condiciones propicias para el fomento de la vida religiosa…” (n.6).

En cuanto a la Religión Cristiana Católica, todo esto tiene un fundamento bíblico, donde se expresa la Palabra de Dios, la cual nos indica el camino a seguir en este mundo, para alcanzar el Reino de los Cielos.  Por eso Jesucristo respondió a Pilato, al preguntarle ¿si acaso El era Rey de los judíos? “Mi Reino no es de este mundo. Si mi Reino fuera de este mundo, mi gente habría combatido, para que yo no fuese entregado a los judíos; pero mi Reino no es de aquí”( Jn.18, 36). “Entonces Pilato le dijo: <¿Luego tú eres Rey? Respondió Jesús: <Sí, como dices, soy Rey. Para esto he nacido yo, y para esto he venido al mundo: para dar testimonio de la verdad. Todo el que es de la verdad, escucha mi voz” (Jn. 18, 37).

Este diálogo, entre tantos otros pasajes bíblico, nos muestra que hay dos reinos, el reino temporal y pasajero de este mundo, y el Reino eterno y permanente del mundo celestial. Jesús nos guía por medio de la fe, fortaleciendo a la luz de la razón. Así, en relación con tema que estamos tratando, nos dice San Pablo que “…el hombre al crecer, debe responder voluntariamente a Dios, y que, por tanto, nadie debe ser forzado a abrazar la fe contra su voluntad” (Ef. I,5; véase en la Declaración Dignitatis Humanae, n. 11).
 
Y, Jesús siempre respeta la libertad de los hombres como consta en el Evangelio de San Mateo en aquel pasaje que dice: “Y al llegar a casa, se le acercaron los ciegos, y Jesús les dice: ¿Creéis que puedo hacer eso? Dícenle: sí, Señor. Entonces les tocó los ojos diciendo<Hágase en vosotros según vuestra fe> Y se abrieron sus ojos” ( Mat. 9, 18).

En este contexto de análisis las citas de la Epístola a los Romanos y el libro de los Hechos de los Apóstoles son elocuentes para ver la vinculación entre las leyes mundanas y la ley divina. Ambos textos están en la Declaración sobre la Libertad Religiosa, y dicen así: “Los apóstoles como el Maestro, reconocieron la legítima autoridad civil: <No hay autoridad que no provenga de Dios>, enseña el Apóstol, que a continuación manda: <Toda persona esté sometida a las potestades superiores… quien resiste a la autoridad resiste al orden establecido por Dios> (Rom. 13, 1-2). Pero al mismo tiempo no tuvieron miedo de contradecir al poder público cuando éste se oponía a la santa voluntad de Dios, diciéndonos: <Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Act. 5, 29; véase la Declaración sobre la Libertad religiosa n.11).

Nuestra propuesta es filosófica y cristiana sustentada en un marco teórico metafísico, cuyas raíces se remontan a San Agustín, Antonio Rosmini, Michele Federico Sciaca y Tomaso Bugossi.
Las palabras iniciales del libro “Metafísica del hombre y Filosofía de los valores según M.F. Sciaca”, escrito por Tomaso Bugossi son luminosas para entender que el ser humano no sólo es un ente racional sino también es un ente inteligente en sentido estricto de este término. Helas aquí:
 
“Si no se parte del sujeto humano considerado como un problema por todo aquel que se pregunte por el yo, no es posible ninguna reflexión. El yo no es sólo una parte de la naturaleza, sino que es también un ser que la sobrepasa en cuanto se trata de un ente interrogante. Se interroga a sí mismo a fin de tener un saber de sí, para ubicarse en su entorno como un ente cognoscente, para explicarse con racionalidad, para constituirse como un ser inteligente, quien, desenado una organización más allá de lo racional acerca de los objetos conocidos, tiende ulteriormente a relacionarlos con la condición no finita desde la perspectiva de una dialecticidad de lo finito como constatación inicial del vivir” (Bugossi, 1996: 13).

Ordinariamente la palabra razón humana suele entenderse como sinónimo de inteligencia. Sin embargo, no se identifican, a pesar de que son facultades del alma humana o espíritu humano. La primera, según San Agustín corresponde a la ratio inferior  o simplemente razón; y la segunda, a la ratio superior, que es la inteligencia (De Trinitate, XII, 14-15).

El alma humana pues, en esta perspectiva agustiniana, se manifiesta a través de su conocimiento racional que implica dos aspectos, el sensible y temporal, que corresponde a la ratio inferior, y el inteligible y eterno, a la ratio superior. La primera es fuente de la ciencia, cuyo fin es satisfacer las necesidades prácticas de la vida, mientras que la segunda es fuente de sabiduría, “la cual versa sobre las verdades y razones eternas, sobre las ideas inmutables y absolutas, necesarias y divinas del mundo inteligible” (Idem).

De donde se colige que el ser humano en cuanto tal y en concreto, tu, yo, nosotros no sólo somos entes racionales, sino que “el hombre se descubre como alguien que es capaz de actuar con razón, con voluntad, con inteligencia; pues se descubre como poseedor de una mente, de pasiones, sentimientos y sensaciones; se descubre como un campo en donde estas formas de actividad operan anárquicamente y siente la necesidad de que este dinamismo se convierta en una dinámica dialéctica que supere cualquier esquema abstracto en cuanto el sujeto humano quiere vivir y actuar unitariamente” (Bugossi, 1996: 14).

Así pues, el ser humano es uno, pero con muchas dimensiones constitutivas. Todas ellas importantes para el desarrollo integral del mismo como individuo-ciudadano y persona y como miembro de una sociedad, que tiende constantemente hacia la conformación de una comunidad social. Los seres humanos en cuanto bios meramente biológica está destinado a la muerte en y dentro del tiempo, mas, en cuanto persona está llamado a la eternidad en Dios, Principio Creador de todo y de todos y meta última para alcanzar la verdadera felicidad en la Verdad y en el Amor.

La libertad religiosa pues, es una exigencia universal y particular que expresa la vinculación de lo finito con lo Infinito, lo temporal e histórico con lo eterno y ultra-histórico. En síntesis, la libertad religiosa es el medio expresivo para poder unirnos con Dios.