Acerca de las nulidades matrimoniales mucha gente se permite hablar, a menudo superficialmente, basándose en informaciones que ha oído aquí y allá, pero la declaración de que un matrimonio ha sido nulo es algo muy serio, y quienes lo plantean, en una aplastante mayoría, quieren vivir su fe en plenitud
«Un matrimonio en el que se sufre por serlo no puede ser de Dios», afirma R., un joven agricultor de Castilla la Mancha. Hace unos cinco años contrajo matrimonio con una chica, aun cuando no tenía nada claro qué era lo que realmente deseaba. En el entorno de un pequeño pueblo agrícola, R. sentía que casarse era algo que debía hacer, especialmente según su padre, que le presionaba para dar el paso, pues de lo contrario iba a acabar solo, y además, todas sus hermanas ya se habían casado.
Días antes de la ceremonia, había hablado con el sacerdote que les casaba, y le había expresado sus dudas. R. no recuerda que el sacerdote le respondiera nada.
La ceremonia se celebró. R. no fue capaz de imponerse a su familia, ni de superar el temor al escándalo que supondría en el pueblo una ruptura ante una boda inminente. Desde el principio, aquello se parecía más al infierno que a lo que debería ser la felicidad de unos recién casados. Ella le rechazaba hasta en los momentos más íntimos. Ni siquiera dormían juntos. Al poco tiempo, ella abandonó el hogar.
A raíz de la muerte de su padre, en un accidente, R. intentó coger las riendas de su vida, para que se pudiera parecer, al menos, a lo que él siempre había soñado. Se separó, y, al mismo tiempo, comenzó los trámites de la declaración de nulidad. R. es católico, y deseaba vivir su fe coherentemente. Estaba convencido de que aquel matrimonio era nulo, que no era válido, que no se habían dado las condiciones adecuadas para que tuviera lugar. Contrató los servicios de una abogada en la ciudad más próxima a su pueblo, y ella se encargó de todo. Entonces comenzó el período de espera. Un mes, dos, tres... Un año, dos, tres. R. llamó tantas veces al Obispado de su diócesis que llegaron a pedirle seriamente que dejara de llamar. R. se pasó tres años llamando y recibiendo la misma contestación: «Sólo hay dos personas por delante de usted». Al final, al cabo de tres años, el resultado fue negativo: el matrimonio, según declaró la sentencia, no era nulo.
Después de este duro golpe, R. contrató a otra abogada, para apelar al tribunal de segunda instancia. De esto hace poco más de un año, y R. está convencido de que los resultados van a ser favorables en esta ocasión. Según el Tribunal Eclesiástico de aquella ciudad, dentro de un mes se hará pública la sentencia. Si es favorable, necesitará la sentencia definitiva del Tribunal de la Rota.
Para R. las cosas han sido muy diferentes de una diócesis a otra. El perito y los trabajadores del Tribunal de esta última le han tratado con cariño y rectitud, como corresponde y como necesita ser tratado a alguien que lleva cuatro años sufriendo. «Mi experiencia es que no todos los tribunales funcionan igual, y algunas personas no se dan cuenta de lo mucho que te juegas», dice, explicando que no siempre se ha sentido bien acogido.
Mientras hablamos con R., haciendo un repaso de estos últimos años de tribunales, llamadas, abogados y esperas, comprobamos que nadie, en cuatro años, le ha informado de las diferentes opciones favorables que ofrece la Iglesia a cualquier persona que comience un proceso de nulidad. Nos referimos al gratuito patrocinio (todo el proceso es gratis), la reducción de costes, o los patronos (abogados gratuitos). «Es la primera vez que oigo hablar de esto», dice R.
La leyenda negra de las nulidades
La nulidad matrimonial es un tema muy trillado en la opinión pública, pero de la que existe un grave desconocimiento. En el aire flota cierto malestar debido a la leyenda negra que persigue a las nulidades, alimentada básicamente por muchos medios de comunicación, que han contribuido a extender el bulo de que la nulidad matrimonial es una cuestión de dinero y de influencias, que en ocasiones se concede a personas de una moralidad muy dudosa, y que resulta un expolio económico para toda aquella persona de la calle que quiera pedirla.
Pero de los datos de los procedimientos de actuación para probar, o no, una nulidad, y los testimonios de las personas que trabajan en este ámbito, resultan cosas muy distintas. ¿Qué hay de cierto, y qué hay de leyenda, respecto a las nulidades matrimoniales?
En el discurso que les dirigió, el año pasado, a los miembros del Tribunal de la Rota Romana, el Papa Benedicto XVI recalcó algunos detalles que no se pueden perder de vista cuando se habla de nulidades. Para la mayor parte de los cristianos que piden la declaración de nulidad de su matrimonio, el motivo fundamental es poder rehacer su vida de nuevo, y rehacerla siendo fieles a la doctrina católica. «Es mucho lo que uno se juega cuando pide la nulidad», decía R., el joven del que hablábamos anteriormente. Y es así. De hecho, el último Sínodo de los Obispos, sobre la Eucaristía, como recordó en el citado discurso Benedicto XVI, tuvo presente, en diferentes ocasiones, el tema de la nulidad matrimonial. Es una preocupación constante, en teólogos y expertos, el debate, o la aparente contradicción, entre el deseo de que los fieles puedan regularizar su situación matrimonial para participar de la Eucaristía, y, al mismo tiempo, la necesidad de ser justos en los Tribunales Eclesiásticos, dándole, al concepto de nulidad matrimonial, toda su importancia y rectitud. Lo que resaltó Benedicto XVI, entonces, fue que los procesos de nulidad del matrimonio no pretenden «complicar inútilmente la vida a los fieles, ni mucho menos fomentar su espíritu contencioso, sino sólo prestar un servicio a la verdad». Y añadió: «El proceso canónico de nulidad del matrimonio constituye esencialmente un instrumento para certificar la verdad sobre el vínculo conyugal».
Para la mayoría de las personas, el fracaso o la ruptura matrimonial desgarra su vida de arriba abajo. En la mayor parte de las situaciones no se trata de un matrimonio nulo; lo que sí que es cierto, es que muchos fracasos, rupturas y divorcios podían haberse evitado. También muchas nulidades. Por eso, Benedicto XVI puso el dedo en la llaga cuando afirmó, ante los miembros del Tribunal de la Rota: «La sensibilidad pastoral debe llevar a esforzarse por prevenir las nulidades matrimoniales, cuando se admite a los novios al matrimonio, y a procurar que los cónyuges resuelvan sus posibles problemas, y encuentren el camino de la reconciliación».
Causas más comunes de nulidad
El avance de ciencias como la Psiquiatría o la Psicología provocó cambios en el Código de Derecho Canónico del año 1983. A partir de entonces, los trastornos de personalidad, o cualquier otro problema de esta índole, pasaban a convertirse en una causa más de nulidad. Estas causas son numerosas y se encuentran perfectamente señaladas en el citado Código. Pero, por lo general, cuatro de ellas son las más comunes. El Presidente del Tribunal Eclesiástico de Madrid, don Isidro Arnaiz, explica que «las causas o capítulos más corrientes, por los que se declara, en nuestros días, la nulidad matrimonial son, fundamentalmente: vicios del consentimiento, incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio, la no aceptación de la indisolubilidad del matrimonio, y el rechazo de los hijos».
«La primera -explica don Isidro Arnáiz-, los vicios del consentimiento, pueden deberse a que existió un grave defecto de discreción de juicio en el momento de celebrar el matrimonio, como puede ser algún tipo de anomalía psíquica, o circunstancia especial, como, por ejemplo, un embarazo no deseado. Por culpa de estas circunstancias, a la persona le falta la necesaria libertad interna para decidir sobre ese matrimonio. Por ejemplo, una mujer que se queda embarazada, y se siente obligada a casarse por ello. Por otro lado, está la incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio por causas de naturaleza psíquica. Si se demuestra que, al contraer matrimonio (en ese momento, no después), existía algún tipo de trastorno o anomalía que le impedía asumir estas obligaciones, el matrimonio es nulo. Pero estamos hablando de trastornos graves. Una leve inmadurez no es motivo de nulidad; tiene que tener entidad suficiente, y para ello, están los peritos, que suelen ser psicólogos o psiquiatras, que determinan hasta qué punto esa persona estaba impedida. Además, el tribunal cuenta con las pruebas documentales que se presenten, como cartas, certificados médicos, etc.»
La abogada matrimonialista doña Rosa Corazón, autora del libro Nulidades matrimoniales (ed. Desclée De Brouwer), explica que una causa bastante común también es el engaño doloso. «Una persona, hombre o mujer, que no tiene capacidad para ser fértil, ¿puede casarse? -plantea para Alfa y Omega la abogada-. Puede. La esterilidad, la falta de fecundidad, no es algo que haga nulo el matrimonio. Pero lo puede hacer si hay engaño, si uno, sabiendo que es estéril, se lo oculta al otro, porque sabe que para su consentimiento es esencial que ese matrimonio tenga posibilidad de procreación, y le engaña haciéndole creer que no lo sabe, o que es fértil. Eso es nulo, pero no por incapacidad, sino por engaño doloso, forzado para conseguir el matrimonio».
El engaño doloso se da, en ocasiones, al tratar el tema de los hijos. La abogada afirma que ha llevado casos de este tipo. Recuerda uno de ellos, el de una pareja que se había casado pensando en tener hijos en un futuro. «Pero pasó el tiempo -explica-, y cuando él le propuso a ella tener hijos, ella respondió más adelante. Y así lo hizo en reiteradas ocasiones, siempre que él tocaba el tema. Lo cierto es que ella le había engañado: nunca había querido tener hijos. En el juicio, sirvieron de prueba manifestaciones de ella diciendo que los hijos no iban con ella, que eran una atadura, le harían perder el tipo y el progreso profesional que quería. Se trataba de un caso claro de nulidad por exclusión de la prole en el matrimonio. Pero en el fondo, además, había un trastorno afectivo profundo en ella. Y es que aprender a querer, exige un paso previo».
La nulidad, un servicio
Cuando una persona acude a la Iglesia para solicitar la declaración de nulidad de su matrimonio, lo que puede desear es casarse con una segunda persona, tener otra oportunidad en la vida, pero, ante todo, vivir de acuerdo a sus convicciones. Por ello, la Iglesia concibe los procesos de nulidad como un servicio. Las estadísticas que anualmente prepara cada diócesis (pues no existen estadísticas para toda España) tiran por tierra los sambenitos que hace mucho tiempo tienen colgados los Tribunales Eclesiásticos, respecto a la duración de los procesos y el coste de los mismos. Si bien, como hemos visto en el caso de R., siempre hay excepciones.
Según nos informa don Isidro Arnáiz, Presidente del Tribunal Eclesiástico de Madrid, en el año 2006, se sentenciaron 203 causas de nulidad. De ellas, en 155 se declaró la nulidad, y en 48 se declaró que no constaba. El promedio de tiempo se encuentra, en una causa que no requiera pericia, en torno a los 7 meses, y con pericia, se tramita en torno a los 10 u 11 meses.
Uno de los argumentos que con mayor frecuencia se esgrime, a la hora de hablar sobre las nulidades, es el económico. El hecho de que haya algunas personas famosas a las que se les ha declarado la nulidad ha contribuido a hacer creer en la sociedad que ésta se consigue a golpe de talonario. En cambio, no se habla del gratuito patrocinio, con el que la Iglesia se hace cargo de todos los gastos, ni de la reducción de costes, ni de la figura del Patrono estable, algunas de las opciones que la Iglesia pone a disposición del que lo necesite. Lo que quizá cabría preguntarse es cómo llega esta información a las personas, y si hay la suficiente información correcta.